Aprueban Decreto Supremo que establece disposiciones para la determinación del precio del gas natural para generación eléctrica
El día 19 de diciembre, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 031-2020-EM mediante el cual, se establece que para efectos de la aplicación del artículo 99 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Supremo N° 009-93-EM), el Comité de Operación Económica del Sistema (“COES”) presenta al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “OSINERGMIN”), dentro de un plazo máximo de treinta (30) días hábiles contado a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, la propuesta de modificación de los procedimientos técnicos relacionados con:
- La entrega de la información de calidad de combustible y los costos de suministro, transporte y distribución de gas natural, acompañados de un informe sustentatorio.
- La revisión y evaluación del COES de la información presentada por los titulares de generación eléctrica.
- La determinación de los costos variables de las unidades de generación termoeléctrica que utilizan gas natural.
- Otros procedimientos técnicos que correspondan para la aplicación de lo dispuesto anteriormente.
Al respecto, se dispone que OSINERGMIN aprueba los procedimientos técnicos, dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, contado desde la recepción de las propuestas del COES.