RESOLUCIÓN 098-2020-SUNARP-SN, AUTORIZAN LA PRESENTACIÓN E INSCRIPCIÓN A TRAVÉS DEL SID-SUNARP DE ACTOS INSCRIBIBLES CORRESPONDIENTES A LOS REGISTROS DE PREDIOS, DE PERSONAS JURÍDICAS, DE TESTAMENTOS, DE PROPIEDAD VEHICULAR Y MOBILIARIO DE CONTRATOS
Mediante Res. 098-2020-SUNARP-SN, publicada con fecha 23 de julio de 2020, se ha ampliado la presentación e inscripción a través del SID-SUNARP de actos inscribibles correspondientes a los Registros de Predios, de Personas Jurídicas, de Testamentos, de Propiedad Vehicular y Mobiliario de Contratos.
Así, en lo que respecta al Registro de Predios, se autoriza la presentación electrónica, mediante el SID SUNARP de los partes notariales, copias certificadas u oficios emitidos por el notario, según la formalidad requerida de acuerdo a la naturaleza del acto, suscritos con firma digital, conteniendo los siguientes actos inscribibles, su modificación o extinción de corresponder:
A partir del 24 de julio de 2020:
- Transferencia por aporte
- Fideicomiso
- Renuncia de herencia
- Reversión y revocatoria de donación o anticipo de legítima
- Transferencia por reducción de capital
- Transferencia por fusión, escisión y reorganización simple
- Cesión de derechos
- Cesión de posición contractual
- Transferencia por fenecimiento de la sociedad de gananciales
- Transferencia por sucesión testamentaria
- Sustitución de régimen patrimonial
- División y partición
- Resolución de contrato
- Título supletorio
- Anticresis
- Arrendamiento
- Arrendamiento financiero
- Uso
- Pacto de reserva de propiedad
- Pacto de retroventa
- Servidumbre
- Inmovilización Temporal de partidas
- Pacto de indivisión
- Modificación de patrimonio familiar
- Derecho de superficie
- Nombramiento y remoción de presidente de la junta de propietarios
- Nombramiento y remoción de Directiva de la junta de propietarios
- Anotación preventiva notarial por falsificación
- Anotación preventiva notarial por suplantación
En caso tenga alguna consulta puede contactarse con Franco Soria ([email protected]), Rubén Quevedo ([email protected]), Enrique Quincho ([email protected]), Renzo López ([email protected]), Alvaro Gonzales de la Cotera ([email protected]).